Seguro responsabilidad civil profesional para clínicas y consultas
¿Por qué este seguro?
De acuerdo a la Ley 4412003 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, y como especifica el Artículo 46: "... las personas jurídicas o entidades de titularidad privada que presten cualquier clase de servicios sanitarios, vienen obligados a suscribir el oportuno seguro de responsabilidad..."
Uniteco Profesional ofrece un inmejorable producto para cubrir esta necesidad de todas las Sociedades sanitarias.
Ambito temporal y
Límites de Indemnización
La cobertura de la póliza se extiende a los daños derívados de los actos y omisiones de¡ Asegurado que sean reclamados durante la vigencia de la póliza, con independencia de la fecha en que dichos actos u omisiones hubiesen tenido lugar.. quedando excluidas las reclamaciones y/o incidencias ya conocidas por el asegurado a la fecha de efecto de este contrato.
Límites de indemnización son:
600.000 Euros por Año y
Siniestro
1.200.000 euros por Año y
Siniestro
¿Que coberturas tiene este Seguro?
Responsabilidad Civil Profesional
Responsabilidad Civil de Explotación
Responsabilidad Civil Patronal
La cobertura de seguro comprende la especialidad declarada en el contrato, así como aquellas especialidades de igual o inferior riesgo, siempre y cuando esté en posesión de los respectivos títulos, según la escala establecida para la fijación de la prima de¡ contrato.
NO QUEDA CUBIERTA LA RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL DIRECTA DE LOS FACULTATIVOS Y NO FACULTATIVOS OUE COLABOREN 0 TRABAJEN EN LA SOCIEDAD ASEGURADA.
PARA CONTRATAR ESTE SEGURO ES IMPRESCINDIBLE QUE LOS FACULTATIVOS Y NO FACULTATIVOS QUE TRABAJEN PARA LA SOCIEDAD, TENGAN CONTRATADO UN SEGURO PERSONAL DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL

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