La madre de un recién nacido demandó a su aseguradora de salud, a la clínica donde dio a luz y a la unidad de neonatos de la misma. La demandante solicitaba 250.000 euros por una supuesta negligencia al bebé tras el parto.
La demanda manifestaba que madre e hijo habían sufrido daños y perjuicios por los que tenían que ser resarcidos. Además exponía que, tras el parto con fórceps del cual no había firmado consentimiento informado, el menor ingresó en la unidad de reanimación neonatológica. Comenzó su alimentación de forma intravenosa pasando después a la leche materna.
Por los síntomas del recién nacido se suspendió la alimentación, acordando su traslado a otro hospital por posible perforación intestinal. Allí fue diagnosticado de encefalopatía hipóxico-isquémica, así como posible enterocolitis necrotizante, por lo que el bebé fue intervenido dos veces de urgencia. La última intervención fue una colostomía total con resección de íleon distal y válvula ileocecal, ileostomía de íleon medio y dos laparatomías siendo dado de alta a los dos meses.
Días más tarde ingresó de nuevo en la UCI pediátrica por resección colónica total, ilesotomía, retraso ponderal severo e hiponatremia secundaria a diarrea. A los meses volvió a ser intervenido de ileostomía, reconstrucción con anastomosis íleo-recta y resección de prolapso, tras lo que fue dado de alta a los diez días. Cuatro meses después fue, de nuevo, operado de cierre de ileostomía y resección intestinal con anastomosis ileo-ileal permaneciendo ocho días hasta el alta.
Tras la exposición de estos hechos la demanda daba plena importancia, sobre la valoración de la reclamación, a la discapacidad del 33 % reconocida del menor. Él padecía episodios intercurrentes de diarreas osmóticas con seguimiento clínico y analítico periódico, así como tratamiento vitamínico sustitutivo.
La defensa del paciente alegaba falta de información, la no existencia de consentimiento informado derivado del parto programado. Además citaba que la alimentación se realizó de manera prematura, que no se realizó el análisis del cordón umbilical y, sobre todo, el retraso en el traslado al hospital que provocó una necrosis grave en el intestino.
Los demandados se opusieron aclarando que la información había sido completa, con un seguimiento exhaustivo del embarazo. Además reflejaban que la valoración de daños de la demandante era confusa al unir daños derivados del sufrimiento fetal con los de la enterocolitis necrotizante.
La aseguradora, en lo particular, expuso que su responsabilidad era poner a disposición de la madre una serie de centros privados sin intervenir en la actuación médica, por lo que no tenía responsabilidad. Por su parte la unidad de neonatos reflejó que había actuaciones reclamadas en las que sus profesionales no habían intervenido.
El juez admitió como prueba la ratificación de los peritos y las testificales del ginecólogo que realizó el parto y la coordinadora de la unidad. Con todo ello en la sentencia dejaba claro que la ausencia de consentimiento informado no era responsabilidad de ninguna de las partes, sino del ginecólogo, por lo que finalmente las testificales fueron desechadas.
Por tanto el juez se ciñó a las cuestiones relacionadas con la alimentación prematura y el retraso en el traslado del recién nacido a un hospital con cirugía pediátrica. El juez concluyó que la demandante, al hablar de alimentación prematura, se basaba en hipótesis y no en hechos concretos por lo que esos elementos se eliminaron como posible objeto de condena.
Con respecto al traslado, la sentencia exponía que al ver los signos de enterocolitis necrotizante el bebé tenía que haber sido trasladado de urgencia. En esta actuación sí se apreciaba algún tipo de falta a la lex artis ad hoc.
Finalmente se estimó parcialmente la demanda por lo que no conllevó condena en costas para la partes. El juez estimó una cuantía de 55.600 euros para el menor por las secuelas y 4.700 euros para la madre por el daño derivado del trastorno reactivo que padecía desde el nacimiento de su hijo.
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