Condenan al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha a pagar la indemnización más alta de la historia de España, 5,5 millones
Una recién nacida quedó tetrapléjica en el parto en el Hospital General de Valdepeñas en 2012, entonces llamado Gutiérrez Ortega. La condena penal por “lesiones por imprudencia” que han recibido el ginecólogo y la matrona ha sido de conformidad, pero con la indemnización (2,5 millones, más los intereses, 5,5 millones) existe total desacuerdo.
El Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) se convertirá en el primero en España en pagar una indemnización por mala praxis médica que supere los 5 millones, la más alta de la historia en nuestro país. Tendrá que pagar esa cantidad a la familia de una niña que se quedó tetrapléjica por una negligencia médica en su parto, el 14 de octubre de 2012, en el Hospital Gutiérrez Ortega de Valdepeñas.
Dicha cantidad resulta de sumar 3 millones de euros en concepto de intereses (han pasado más de siete años) a los 2,5 millones, más una pensión anual de 25.500 euros para los padres, que fue impuesta por el juzgado de lo Penal número 1 de Ciudad Real, quien juzgó el caso el mes pasado.
La imprudencia dejó graves lesiones
La sentencia, que condena al ginecólogo y a la matrona que asistieron el parto por un delito de “lesiones por imprudencia profesional menos grave”, se ha dictado de conformidad con todas las partes respecto a la responsabilidad penal, pero, sin llegar a un acuerdo en cuanto a la indemnización (responsabilidad civil), contra la que sí cabe recurso.
El Sescam y las aseguradoras abonarán una indemnización conjunta
El fallo indica que, tanto el Sescam como las aseguradoras de los profesionales sanitarios, Mapfre y Zurich, indemnizarán conjunta y solidariamente a la familia de la niña.
Sufrimiento Fetal
La sentencia considera probado que el 14 de octubre del año 2012, en un contexto de recortes en la sanidad pública de Castilla-La Mancha, la matrona y el ginecólogo que siguieron el parto de A.P.C., “con un proceder absolutamente negligente, no adoptaron las medidas necesarias encaminadas a solucionar la situación de pérdida de bienestar fetal, en orden a la finalización del parto y evitación de un sufrimiento fetal irreversible”.
El daño neurológico grave
Como consecuencia de lo sucedido, la recién nacida sufrió “un grave y severo daño neurológico” debido a la falta de oxígeno, causada por el descenso repetido y mantenido de la frecuencia cardiaca fetal.
Las lesiones que sufrió la niña en el nacimiento implican, hoy en día, una pérdida total de autonomía en las actividades esenciales de la vida cotidiana. La menor, de poco más de siete años, es dependiente para alimentarse, asearse, vestirse o trasladarse, lo que según la magistrada que dicta el fallo “ha provocado una sustancial alteración de la vida de sus familiares ante la prestación de cuidados y atención continuada que demanda”.
Secuelas en la menor
La menor presenta las siguientes secuelas: una tetraplejia C5-C6 (movilidad de cintura escapular), alteración de funciones cerebrales superiores integradas de intensidad muy grave, epilepsia no controlada completamente con crisis y perjuicio estético en grado de “importantísimo”.