Cuando el paciente no quiere entender a su médico

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En el caso que nos ocupa, después de haber reclamado el paciente por varias entidades administrativas, acudió a la jurisdicción penal por supuesta estafa por parte del facultativo al graduar la vista del mismo.

Una vez decretado el archivo de las actuaciones en vía penal, sin ningún coste personal pero sí para el Estado, el paciente se decidió a acudir a la reclamación civil de cantidad por negligencia médica que como se verá más adelante fue nuevamente desestimada.

Los hechos se resumen en que la demandante acudió a revisión para la graduación de las gafas. Una vez hecha acudió a encargar las mismas y, cuando procedió a retirar el encargo y probar las lentes, no veía bien con ellas, por lo que acudió a otro oftalmólogo para comprobar si la graduación era la correcta.

El resultado de la segunda revisión no coincidía con la dada por el primer facultativo, por lo que acude a una óptica donde le confirman la segunda graduación como correcta.

En virtud de todo ello, se reclamaron perjuicios por los daños causados al estar dos meses sin gafas y por los gastos de los cristales mal graduados.

Sin embargo la verdadera historia se complementa con la versión de la médico demandada. A la luz de los datos que aportó, los hechos no eran tan simples como una mala graduación de la vista de la paciente.

Por parte de la defensa de la doctora, realizada por el despacho DS Legal Group, durante el proceso el objetivo fue demostrar que la actora fue diagnosticada por la demandada de cataratas, hecho que omitía en su reclamación. La doctora recomendó a la paciente solucionar este problema con cirugía, cosa que la paciente rechazaba, motivo por el cual se recomienda, con urgencia, el uso de gafas para evitar evolución y deterioro de la visión.

En virtud de lo anterior, se demostró que existió una errónea interpretación de la óptica donde le confeccionaron las gafas, ya que no se realizó graduación previa, a pesar del tiempo transcurrido entre la graduación y la confección de las mismas.

La demora entre la primera graduación y la entrega de las lentes, unido a la patología de la paciente, provocaba que se justificara la diferencia entre el primer diagnóstico de la demandada y la segunda medición realizada por un tercer profesional.

No quedaba, por tanto, probado el nexo causal entre el diagnóstico y la prescripción médica y el resultado insatisfactorio, por lo que no procede la responsabilidad por incumplimiento del paciente de las recomendaciones médicas referidas a la necesidad de intervención quirúrgica y urgencia en la confección de gafas.

Como siempre referimos en nuestros artículos fue fundamental para la desestimación de la demanda la importancia probatoria del informe pericial aportado el cual se realizó con la estrecha colaboración con el abogado.

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