Errores en la administración de medicamentos

La falta de información puede provocar errores de administración de medicamentos

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En ocasiones, el facultativo puede no disponer de toda la información necesaria relativa al paciente a la hora de prescribirle un tratamiento. Por ello, pueden obtenerse resultados muy dispares, incurriendo incluso en errores de administración de medicamentos. La clave es identificar el grado de responsabilidad del profesional en estos casos.

El motivo de la reclamación se basó en la administración de Eutirox, contraindicado en el paciente, junto con la sobredosificación de neurolépticos que se le prescribieron por su elevado estado de nerviosismo y temblores. El paciente sufrió lo que derivó en una fibrilación auricular y en una alteración neurológica que agravó su deterioro intelectual. Se pidieron algo más de 50.000€ por las lesiones ocasionadas. Además, seis meses de prisión por lesiones y tres años de inhabilitación especial para ejercer la medicina.

Los antecedentes comenzaron a partir del ingreso del paciente en una nueva residencia de ancianos por parte de un familiar. Se indicó en el ingreso que tenía prescrito Eutirox, que no tomaba por estar contraindicado por su hipertiroidismo. El paciente fue trasladado desde otra residencia en la que en el informe de alta no se determinó ese hipertiroidismo subclínico. Este sí fue alegado por la parte denunciante.

El facultativo denunciado, ante el ingreso del paciente en esta nueva residencia, mantuvo la medicación prescrita hasta ese momento –la cual no se pudo demostrar que no estuviese tomando–. Administró un neuroléptico de manera moderada por el estado de nerviosismo en el que se encontraba el paciente. Según se demostró en la vista por los diferentes facultativos, estos cambios de ubicación pueden afectar negativamente a pacientes con edades altas. En estos casos, los adultos de altas edades caen en un estado de nerviosismo.

Hasta el momento y según la información de que se disponía, nada contraindicaba el tratamiento de Eutirox, siendo cierto que provocó inicialmente un problema de fibrilación auricular, el cual remitió en el plazo de una semana con la administración de un betabloqueante, puesto que el facultativo desconocía el hipertiroidismo que padecía el paciente. Paulatinamente, se fue retirando el neuroléptico hasta que su estado de agitación fue disminuyendo tras el cambio a la nueva residencia.

Negligencias en la administración de medicamentos

Según nos dice la jurisprudencia en relación a un tratamiento médico y farmacológico, éste, en sentido técnico jurídico, debe reunir los siguientes requisitos: que sea prestado tras la primera asistencia, que sea necesario y tenga finalidad curativa y que sea prestado por un profesional de la Medicina.

El simple seguimiento o vigilancia del facultativo del curso de una lesión o patología no se considera tratamiento médico. Es decir, la sola prescripción de un tratamiento farmacológico, sin más especificaciones, no se equipara al concepto de tratamiento médico, no superándose el concepto de seguimiento médico o vigilancia.

Jurisprudencia en errores de administración de medicamentos

En este caso, no se puede considerar que la sola prescripción del betabloqueante durante una semana para que remitiera la fibrilación, con la observación y control del facultativo, constituyera por sí misma un tratamiento farmacológico de tal entidad que pueda integrar un elemento ilícito que desembocara en un delito de lesiones, teniendo en cuenta que la simple vigilancia o seguimiento no se considera tratamiento médico.

Lo mismo ocurrió con la prescripción del neuroléptico y su presunta sobredosificación. Este no pudo el tribunal ni tan siquiera considerarlo como tratamiento farmacológico. Por ello, la simple retirada del tratamiento no puede por sí sola integrar un ilícito penal.

Una vez más el tribunal acudió a la jurisprudencia expresada por el Tribunal Supremo, que enmarca la imprudencia médica en varios puntos clave que no se llegaron a considerar hechos probados, ya que no hubo error diagnóstico que resultara de extrema gravedad y no existió falta de pericia grave del facultativo ni necesidad de especialización cualificada para prescribir y realizar el seguimiento del paciente.

El tribunal concluyó que no cabía considerar la imprudencia profesional, ni de ningún otro género. Resolvió absolviendo al facultativo del delito de lesiones por imprudencia grave.

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