La respuesta la encontramos en el art. 59 del Estatuto Marco que regula una serie de medidas especiales en materia de salud pública y nos ofrece la respuesta a la cuestión que planteamos en el titular. Estando en nuestro periodo de descanso laboral, ¿podría el centro de trabajo llamarnos e interrumpirlo?
Artículo 59 del Estatuto Marco
Las disposiciones de esta sección relativas a jornadas de trabajo y periodos de descanso podrán ser transitoriamente suspendidas. Para ello, las autoridades sanitarias deberán adoptar medidas excepcionales sobre el funcionamiento de los centros sanitarios. Así, esta situación queda recogida conforme a lo previsto en el artículo 29.3 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, siempre que tales medidas así lo justifiquen y exclusivamente por el tiempo de su duración.
La adopción de estas medidas se comunicará a los órganos de representación del personal.
Del mismo modo, las disposiciones de esta Ley relativas a las jornadas de trabajo y los periodos de descanso podrán ser suspendidas en un determinado centro sanitario por el tiempo imprescindible y mediante resolución motivada, adoptada previa consulta con los representantes del personal, cuando las circunstancias concretas que concurran en el centro imposibiliten el mantenimiento de la asistencia sanitaria a la población con los recursos humanos disponibles. En este caso, se elaborará un plan urgente de captación de recursos humanos que permita restituir la normalidad en el mantenimiento de la asistencia sanitaria.
En última instancia, las medidas especiales previstas en este artículo no podrán afectar al personal que se encuentre con:
- Permiso por maternidad.
- Licencia por riesgo durante el embarazo.
- Por riesgo durante la lactancia natural.
Conclusión sobre el periodo de descanso
En definitiva, la ley establece la posibilidad de interrumpir un periodo de descanso según se den ciertas circunstancias. Además, se establecen excepciones para personal que cumpla ciertos requisitos, todos ellos ya estipulados. El último claro ejemplo de esta situación fue la pasada pandemia de la Covid-19.
Ante situaciones en las que el asesoramiento legal puede llegar a ser necesario, las pólizas de Responsabilidad Civil Premium de Uniteco cuentan con la ayuda legal de abogados expertos en materia sanitaria.