La sintomatología del paciente, único criterio para realizar pruebas diagnósticas

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El caso que analizamos esta semana trata sobre una mujer de unos 50 años de edad que estando en su casa comenzó a sentir un fortísimo dolor en la zona lumbar. La hija de la paciente llamó a los servicios de Urgencia, los cuales se personaron en su domicilio. Tras realizarle una exploración, pautaron tratamiento con antiinflamatorios para aliviar el dolor.

Sin embargo, una semana después los dolores continuaban, por lo que acudió a los servicios de Urgencia de su hospital. Se procedió a explorarla, constatando la existencia de un dolor a la palpación de las apófisis espinosas lumbares y la musculatura paravertebral, mostrando, además, dolor a la palpación de la región posterior del cuello. Tras ello, se procedió a realizar una segunda prueba diagnóstica consistente en una radiografía. Ambas pruebas pusieron de manifiesto que la paciente sufría de cervicalgia y lumbalgia, por lo que se decidió derivar al traumatólogo, recetando a su vez tratamiento analgésico para aliviarle el dolor. Finalmente se la dio el alta.

Ya en casa, la paciente continuó sufriendo dolores, por lo que una semana después fue trasladada de nuevo al servicio de Urgencias de su hospital. El doctor volvió a revisar la radiografía realizada el día anterior, y confirmó efectivamente que la paciente sufría una cervicalgia y lumbalgia, reiterando tratamiento con traumatología y medicamentos analgésicos para el alivio del dolor.

Sin embargo, al cabo de dos días, y dado que los fortísimos dolores persistían e iban en aumento, acudió de nuevo a su hospital, donde se le practicó un TAC cerebral y Angiotac. El resultado del TAC concluyó la existencia de tres aneurismas (2 aneurismas en espejo en localización M1, y un aneurisma fusiforme), así como hemorragia subaracnoidea de pequeña cuantía. La paciente fue intervenida ese mismo día y, dada la complejidad de la patología, quedó ingresada. Finalmente falleció al día siguiente debido a lo avanzado que se encontraban los tres aneurismas que padecía.

Ante estos hechos, los familiares de la paciente fallecida interpusieron una demanda donde alegaban que no se siguieron los protocolos y estándares clínicos establecidos, en particular porque no se practicaron las pruebas diagnosticadas oportunas en la primera y segunda consulta, donde simplemente se realizó una exploración física y una radiografía. A juicio del demandante, debía igualmente haberse practicado el TAC, lo cual hubiera permitido un diagnóstico prematuro de los aneurismas y evitar así el resultado final, la muerte de la paciente. Por ello, reclamaron una indemnización por daños y perjuicios, de 130.500,00 €.

La defensa de los doctores alegó que la paciente recibió una completa y exhaustiva asistencia médica, realizando todas las pruebas diagnósticas oportunas. Alegaron que en la primera y segunda consulta no era procedente la realización de un TAC, puesto que la única sintomatología que presenta la paciente era un dolor cervical y lumbar, por lo que se hizo lo que correspondía en estos casos, es decir, únicamente una radiografía de la zona afectada por el dolor y no un TAC. En este sentido, el informe pericial aportado por la defensa de los doctores, en palabras textuales señalaba que en esas dos consultas “la paciente no mostraba ningún signo neurológico evidente, como hemianopsia, trastorno de la fuerza muscular o convulsiones, haciendo improcedente a la activación del código ictus”.

Por tanto, señalaron que la actuación de los doctores se ajustó en todo caso a la lex artis ad hoc, así como a los protocolos y estándares clínicos establecidos, por lo que solicitaron la desestimación íntegra de la demanda.

En virtud de todo lo anterior, el juez dictó sentencia, en la que consideró que había quedado probado la existencia de buena praxis médica por parte de los facultativos en las dos primeras consultas, donde hicieron lo que tenían que hacer según la sintomatología que presentaba la paciente. Dados los argumentos aplastantes de la defensa del médico se desestimó íntegramente la demanda de los familiares del paciente y se les condenó al pago de las cosas del procedimiento.

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