Nunca entregue documentos originales, se ahorrará quebraderos de cabeza

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Parte del trabajo de los médicos y dentistas tiene que ver con tediosos procesos de documentación o archivo. En el momento de elaborarlos pueden resultar un fastidio o considerarlo una obligación ajena a la práctica de la medicina. Al margen de lo que subjetivamente pueda parecer a los médicos en ocasiones pueden suponer la diferencia entre salir absuelto o quedar condenado

En muchas ocasiones nos han preguntado por la relevancia de lo que se puede englobar en la clasificación general de “papeles”. Entre ellos se encuentran las historias clínicas, los consentimientos informados, los certificados y un largo etcétera.

Su importancia no solo se ciñe a su necesidad para documentar los procesos de una enfermedad o el historial clínico de un paciente, también ayudan a documentar qué ha ocurrido en un caso determinado con un paciente concreto.

Esto cobra especial relevancia cuando hechos del pasado acaban en manos de un juez por la demanda de un paciente. Contrariamente a lo que se suele pensar, muchas demandas se presentan años después del acto médico. El paciente puede tener los hechos más frescos pues ha sido el protagonista de esa intervención, pero el médico ha podido realizar cientos de intervenciones y, seguramente, no recuerde un solo detalle de la intervención por la que se le demanda.

En este contexto los hechos están reflejados en la documentación que ha registrado el devenir de una intervención o de un tratamiento. Los apuntes en la historia clínica contextualizan el desarrollo de la enfermedad o de la curación. Es importante tomarse esta obligación del papeleo como si estuviéramos escribiendo historia, ya que eso es lo que se nos pedirá en el juzgado.

Por eso recomendamos siempre que se entreguen copias -nunca originales- a los pacientes o a sus familiares, si están debidamente autorizados.

En Uniteco Profesional hemos tenido casos en los que hasta se ha entregado las historias clínicas, consentimientos informados y un sinfín de documentos originales a los pacientes, principalmente por los nervios de verse en loo tribunales y sin previamente haber consultado a un abogado.

Hay que recordar que todos los elementos que engloban la historia clínica serán los que demostrarán que nuestra actuación se realizó dentro de la lex artis ad hoc y que si no tenemos acceso a la misma es como ir a una plaza de toros sin burladeros: al final nos acabará pillando el toro. Por todo lo indicado anteriormente, por nuestra experiencia y por la propia lógica hay que dedicar el tiempo que sea necesario para tener bien cumplimentadas las historias clínicas, y dar el tiempo necesario para que el archivo de las mismas sea la correcta y en el momento necesario se pueda hacer uso de ellas para demostrar que las actuaciones realizadas en los pacientes fueron las correctas.

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