No confunda el seguro de multirriesgos de la clínica, consulte con el seguro de responsabilidad civil profesional de la sociedad

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En Lex Sanitaria queremos que nuestros lectores encuentren una herramienta útil y práctica para tener los conocimientos básicos sobre sus derechos, o conocer la actualidad jurídica relativa al derecho sanitario y al derecho del seguro, para prevenir los daños que sufre todo profesional como consecuencia de las reclamaciones por parte de sus pacientes.

Es por ello, que creemos adecuado poner de relieve a todos nuestros lectores una práctica abusiva y lesiva que se está produciendo por determinadas entidades aseguradoras o asesores que no dudan en ofrecer pólizas de sociedad que no cubren la responsabilidad civil profesional y, por lo tanto, su prima es mucho más barata. Sin embargo el profesional sanitario tiene la falsa convicción, al no conocer la letra pequeña, que sí la tiene cubierta y cuando llega la primera reclamación se ve totalmente indefenso y abandonado por su seguro.

La guerra feroz de primas en seguros lleva a situaciones de desprotección total del consumidor y en la búsqueda de precios mejores, parece olvidarse cuál es la esencia del seguro. La esencia del seguro no es otra que estar totalmente tranquilo y estar siempre protegido.

Cuando le ofrezcan un seguro, y su atractivo solo sea el precio desconfíe y lea todo el contenido del mismo. Si es posible consulte con expertos en materia de seguros que valoren y comparen la oferta y asegúrese que tiene las reclamaciones básicas cubiertas.

El supuesto ahorro que podamos tener en un primer momento se puede convertir en una auténtica pesadilla si descubrimos que el nuevo seguro que nos han hecho no cubre por ejemplo la ausencia, pérdida, extravío del consentimiento informado por actos con deber de medios, no cubre una determinada actividad o ni tan siquiera, como en el caso de las sociedades, cubre las reclamaciones de pacientes porque lo que nos han hecho es simplemente una póliza multirriesgo de nuestro negocio.

El riesgo de la falta de cobertura no solo radica en la posible indemnización, sino que en los gastos iniciales de defensa para evitar dicha indemnización que pueden tener importes muy elevados dependiendo de la cantidad de reclamación pero que -entre procuradores, peritos y abogados- como mínimo empezaríamos a hablar de 5.000 a 6.000€.

Nuestra recomendación, si usted tiene una sociedad que facture por los servicios médicos, con independencia de tener un espacio físico o no, es que tiene la obligación de tener una póliza de seguros de responsabilidad civil. Por tanto, si no la tiene suscríbala y si la tiene asesórese si cubre las reclamaciones de pacientes y otras garantías necesarias para su total tranquilidad.

Consulte con nuestros especialistas para una mayor tranquilidad.

 

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