Las reclamaciones contra profesionales sanitarios están a la orden del día. En los últimos tiempos se ven casos en los que el paciente reclama de manera totalmente infundada dando lugar a un litigio que produce un gran malestar en el profesional, ya que a todas sus preocupaciones debe sumarle la amarga espera de estos casos.
Un paciente que acudía con regularidad y de forma habitual para tratarse a una clínica dental reclamó por la vía judicial a la dirección del centro. El motivo se debía a la pérdida de una pieza dental durante la realización de un tratamiento odontológico.
El reclamante solicitaba en el escrito una cuantía de 1.900 euros por el coste de un implante como consecuencia de la supuesta pérdida dental que él mismo indicaba.
Según el relato del propio paciente acudió a la clínica para un tratamiento de blanqueamiento y la colocación de una funda en la pieza dental, señalando que el trabajo fracasó al caérsele la funda en múltiples ocasiones y que no estaba en disposición de pagarse el tratamiento implantológico. Por ello decidió demandar para que el centro asumiera los costes ya que de lo contrario perdería el diente.
El director de la clínica dental, en vista de la demanda, contactó con su correduría de seguros, Uniteco Profesional, para informar de la situación y que le ofrecerían una respuesta para dicha reclamación. La correduría aceleró el proceso, ya que tan solo tenían 10 días para contestar, informando a la compañía que nombró para este asunto al despacho especializado en derecho Sanitario, DS Legal Group.
Los abogados del despacho designado contactaron con el representante de la clínica dental para preparar de manera exhaustiva la defensa del caso. Para ello contaron con la declaración del facultativo que trató al reclamante durante el proceso, la historia clínica completa, radiografías, consentimientos informados firmados y un informe clínico sobre el tratamiento realizado al paciente.
Tras la celebración del juicio oral el juez desestimó la reclamación del paciente ya que quedó probado que en ningún caso se había producido la pérdida de una pieza dental causado por el tratamiento realizado en la clínica dental reclamada. Para llegar a dicha conclusión el juez se basó en la testifical del odontólogo que le realizó el tratamiento, el cual informó de todos los riesgos y consecuencias inherentes a dicho tratamiento.
Además el profesional señaló que el paciente acudió a la clínica ya que tenía una pieza dental muy deteriorada por el padecimiento de una caries, que también se le practicó una endodoncia sin ninguna incidencia y que un año y medio después el paciente volvió a acudir para colocarse la funda correspondiente, momento en el que la pieza ya estaba desvitalizada.
El profesional también señaló que existía un riesgo latente de que se pudiera romper el perno debido a las fuerzas de masticación que estaba realizando el paciente sobre la funda. Esta fue la razón por la cual al paciente se le caía la funda, tal y como el reclamante reconoció en las revisiones a las que acudía.
En su declaración el odontólogo reiteró que también se le habían realizado, en ese lapso de tiempo, dos procesos más de endodoncia con fundas. En ambos casos se le explicó de forma exhaustiva y haciendo especial hincapié en los riesgos y complicaciones del proceso.
Finalmente el juez señaló en la sentencia que al paciente se le informó correctamente de los riesgos innatos de un tratamiento odontológico de ese tipo, por lo que la pérdida de la funda no guardaba relación con la praxis médica. En este caso dicha pérdida se debía al estado patológico que presentaba la pieza. El juez dio especial importancia al hecho de que el paciente firmó el consentimiento informado en el que se le advertía de la posibilidad de fractura de cualquier componente tanto de la funda como de la prótesis.
A consecuencia de todo lo expuesto el juez desestimó la demanda sin poder imponer las costas procesales ya que se trataba de una demanda inferior a 2.000 euros, en la que no es preceptivo la actuación de una defensa letrada y procurador.
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