Seguros para médicos: diferencias

Seguros para médicos, principales diferencias

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Una de las lagunas que normalmente tiene la fuerza profesional sanitaria en España es sobre conceptos relacionados con la responsabilidad civil profesional y el derecho médico. En este post hemos elaborado una serie de preguntas con sus respuestas sobre estos temas. Para que sepáis lo que podéis encontraros en el mercado asegurador y podáis tomar la mejor elección posible. No todos los seguros para médicos son iguales, he aquí algunas de sus diferencias. Qué preguntas nos debemos hacer para saber si la protección que tenemos es insuficiente, media o total.

La especialidad en la que ejerzo, ¿se trata de un factor diferencial a la hora de elegir un seguro?

Por supuesto, dado que el riesgo a recibir una reclamación es, estadísticamente, más alto dependiendo de si eres neurocirujano, anestesista o médico de familia. Las consecuencias que se pueden producir dependiendo de lo invasivo de nuestra actuación, conllevarían más probabilidades de descontento por parte de los pacientes, o riesgos en su salud.

¿Mi seguro contempla la mediación civil y/o mercantil como actividad dentro de mis coberturas?

Muchas veces las reclamaciones se atajan antes de comenzar un juicio, o incluso antes de la resolución final del juez. Aquí es muy importante que nuestro seguro contemple la actividad de mediación para este fin. No todos los seguros lo contemplan.

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¿Qué sucede si me inhabilitan profesionalmente? ¿Cómo me cubre mi seguro?

En caso de inhabilitación profesional, seguro que te gustaría contar con la mayor cobertura posible, para que tu nivel de vida y el de tu familia se vea afectado lo menos posible. En este caso, son importantes tanto la cantidad mensual a percibir, como el número de meses que nos lo podrían conceder. En el mercado hay desde 1.400€ durante 24 meses, hasta 4.000€ durante 40 meses. ¿Qué te gustaría tener? La pregunta se responde por sí misma. 

En caso de ausencia de Consentimiento Informado, ¿qué nivel de cobertura tengo?

Existen seguros en los que no estás cubierto en ningún caso, otros en los que sólo lo estarás si la ausencia es eventual y no existe dolo; y otros en los que estarás cubierto sin importar que no exista dicho consentimiento informado.

seguros médicos 2

¿Qué son las cláusulas de protección de primas?

Cuántas veces para otros servicios, se nos confirma sólo un mes antes que el siguiente período va a tener un sobrecoste de un tanto por ciento. Mientras que todos los seguros de RCP no tienen esta cláusula, sólo hay uno que cuenta con la cláusula ‘a partir de 2 meses antes del vencimiento la aseguradora no puede subir la primas más de un 15%’.

¿Qué sucede cuando cese en mi actividad?

El cese de actividad se puede dar por varios motivos:

  • Jubilación: existen pólizas que continúan gratis durante 5 años, otras durante 15 con letra pequeña: siempre y cuando se mantenga la póliza colectiva en vigor y el número de cesantes no supere el 10% de los asegurados activos. Otras pólizas no contemplan que siga en vigor, y en otros casos sería opcional con sobreprima.
  • Cese de actividad, fallecimiento, o invalidez absoluta: mismos casos que en el caso de jubilación, lo único que cambia es que la que era gratis durante 5 años, se prorroga pagando un porcentaje de la prima.

Esperamos que estas nociones aseguradoras os hayan parecido interesantes, y que con ellas hayáis podido complementar la formación para el buen ejercicio de vuestra vocación. En Uniteco estamos para ayudaros, y siempre estaremos a vuestra disposición para resolver cualquier duda sobre estos temas. Maestros del seguro, únicos, pioneros.

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