Solicitan cárcel, inhabilitación y 200.000 euros a dos doctores por la muerte de un recién nacido

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La inhabilitación de los médicos ante un expediente disciplinario o un juicio penal es una amenaza más habitual de lo que se piensa. Por este motivo es importante contar con buenos seguros que contraten no solo a abogados expertos, que sean capaces de rebatir los argumentos de la acusación en casos de mala praxis, sino también estar protegido con un subsidio adecuado que cubra esta contingencia.

Los padres de un recién nacido fallecido reclamaron contra un ginecólogo y una neonatóloga, para los que pidió pena de prisión de dos años y medio, una inhabilitación de cinco años y una indemnización de 200.000 euros.

La madre del bebé rompió aguas y acudió a Urgencias donde la revisaron. El ginecólogo diagnosticó que la bolsa amniótica estaba rota y que el borrado del cuello del útero era inferior al necesario para el parto, siendo trasladada la paciente a planta.

Una hora después, comenzó a expulsar un líquido verdoso, por lo que avisó a la enfermera y al médico de guardia, quien trasladó que la paciente se encontraba normal dado que acababa de reconocerla, lo que fue recogido en el historial de la paciente. La enfermera volvió a pasar a la hora para ponerle una vía, reiterando la expulsión del citado líquido. De nuevo el doctor no exploró a la paciente.

Cuatro horas más tarde, al ser llevada al paritorio para monitorización, la paciente comenzó a expulsar meconio, momento en el que el ginecólogo reconoció a la paciente, la monitorizó, y media hora después, le realizó una cesárea de urgencia, naciendo el bebé. En ese momento fue valorado por la neonatóloga, la cual le realizó una aspiración previa al primer lloro y reanimación tipo II, sin oxígeno, presentando PH en sangre normal.

Tras lo anterior, y por protocolo, se le realizó test de Apgar con una puntuación de seis, por lo que se realizaron maniobras diligentes para este tipo de supuestos de niños con líquido meconial, realizando de nuevo la prueba con mejor resultado, y posteriormente fue subido a planta.

En la madrugada posterior, el bebé presentó estado hipotónico, hipoactivo y dificultad para alimentarse. La pediatra realizó hemocultivo, ecografía transfontanelar y una radiografía de tórax-abdomen, diagnosticándose una distensión gástrica y de asas intestinales sin signos de obstrucción, por lo que se colocó una sonda nasogástrica parenteral.

Por la tarde, el niño sufrió una parada cardio-respiratoria, siendo reanimado en la UCI prenatal, y falleciendo al día siguiente a causa de un edema agudo pulmonar ocasionado por aspiración meconial.

En cuanto al ginecólogo, el informe forense objetivaba mala praxis, ya que la expulsión de meconio es un signo que obliga al mismo a tener mayor vigilancia y control a través de la monitorización del bebé para la comprobación del bienestar fetal. Pasaron cinco horas hasta que monitorizó a la parturienta y le realizó la cesárea. El patólogo afirmó que había restos de meconio tanto en los pulmones como en el estómago.

No obstante, en la sentencia constaba que había que demostrar la relación entre el acto y el fallecimiento del niño. Los peritos del doctor, expertos en ginecología, expusieron que las deceleraciones a las que hacía referencia el médico forense son normales en un parto con rotura de bolsa amniótica, y no indicaban sufrimiento fetal, así como que la frecuencia cardíaca fetal basal hasta el momento de la cesárea era totalmente normal.

Igualmente rebatieron la conclusión en la que se dictaba que el bebé había sufrido una gran hipoxia intraparto, y que para ello había que valorar el PH que en este caso era normal hasta que se preparó la cesárea.

De esta manera el ginecólogo quedó absuelto de los cargos. Por último, se absolvió a la pediatra ya que no constaban problemas respiratorios en el bebé durante las revisiones realizadas por ella, con lo que actuó de manera correcta. Igualmente, la sentencia exponía que el test de Apgar y la valoración de PH arrojó unos datos que confirmaban que no se había dado sufrimiento fetal.

Por todo ello se dictó sentencia absolutoria a los dos profesionales tras un procedimiento que se alargó durante más de cinco años.

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