Fallo en el diagnóstico médico

Solicitan un millón de euros por un fallo en el diagnóstico médico

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En el comentario jurídico de esta semana trasladamos el caso de una menor, que fue trasladada por sus padres al servicio de urgencias del centro de salud más cercano al de su domicilio por la sospecha de que su hija de escasos meses de edad había podido ingerir una pila del mando de la televisión. La menor sufría tos y vómito aislados. ¿Se produjo un fallo en el diagnóstico médico?

Hechos para la reclamación por el diagnóstico médico

Por tal motivo, un médico de atención primaria la exploró en el centro de salud, no presentando ninguna clínica sospechosa de ingestión. La doctora solicitó una radiografía de tórax y abdomen anteroposterior. Como resultado de dichas radiografías no se apreciaron existencias de cuerpo extraño alguno. La propia doctora emplazó a los padres de la menor que volviesen a casa.

Dos días después los padres volvieron al servicio de urgencias. En esta ocasión fueron atendidos por otro doctor de atención primaria. Dicho doctor, tras observar la historia clínica de la menor, y la radiografía de tórax y abdomen realizada, comprobó la auscultación que tenía una frecuencia respiratoria de 25, extendiendo un parte médico el cual expresaba que la menor tenía ACP roncus en ambos campos, garganta eritematosa sin exudados, moco en cavum, aunque sin embargo no hizo radiografía y diagnosticó bronquitis aguda recetando mascarilla, estilsona y amoxicilina, validando la actuación del primer médico.

Como no mejoraba, la madre de la menor volvió al día siguiente. Un nuevo facultativo de atención primaria confirmó el último diagnóstico. Al margen de lo recetado por el anterior compañero, recetó el medicamento Mucosan así como también, jarabe para limpiar fosas nasales.

Reclaman un millón de euros por un diagnóstico médico

Aparición del cuerpo extraño en el diagnóstico médico

A pesar de todo lo anterior, el empeoramiento de la menor era manifiesto. Dos días después de su última visita al centro de salud, la menor fue trasladada al hospital asignado donde se le realizó una radiografía cervicotorácica-abdominal. De dicha radiografía se descubrió que a nivel 1/3 esofágico superior se apreciaba un cuerpo extraño. Ante dicha evidencia, derivaron a la menor a otro hospital. Allí, le practicaron la oportuna intervención quirúrgica. Se logró extraer la pila en cuestión objetivando como consecuencia de lo anterior, quemadura química con perforación esofágica y traqueal.

A raíz de la lesión tuvieron que intervenir con posterioridad al objeto de reconstruir tráquea y esófago de la menor, quien además de todo lo anterior, sufrió como secuela una parálisis de una cuerda vocal. En total, fueron al menos 28 intervenciones quirúrgicas las que recibió la menor. El tiempo de hospitalización fue de 283 días, tardando en sanar 1592 días impeditivos para sus actividades habituales.

La fiscal del caso determinó que correspondía imponer a los acusados la pena de tres años de prisión, inhabilitación para el ejercicio de la medicina por periodo de cuatro años, además de una indemnización que los acusados de forma solidaria tendrían que abonar de en torno a 1.000.000 de euros.

Sin embargo, en el escrito de defensa realizado por los letrados de la doctora que intervino por primera vez a la menor en el centro de salud, se determinó que la misma se encontraba totalmente asintomática, sin tos ni babeos. En cuanto a la auscultación cardíaca mostraba tonos rítmicos sin soplos ni taquicardia. De hecho, la médico forense concluyó que la actuación de la doctora mencionada fue en todo caso correcta y acorde a la lex artis. Si bien en su caso, concluía que había sido incompleta, al no solicitar radiografía de la zona cervical. Con respecto al resto de profesionales que atendieron posteriormente a la menor consideró que actuaron conforme a la lex artis.

Fallo de la reclamación

Tras todo lo anterior, se llegó a acuerdo por conformidad por las partes acusadas y el Ministerio Fiscal en el que se acepta un delito de imprudencia menos grave con resultado de lesiones y una pena de multa de en torno a 450 euros a cada uno de los acusados.

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