Normas para darse de alta

Es deber del que suscribe la póliza, asegurarse de seguir todo el proceso de alta conforme las normas indicadas teniendo especialmente en cuenta:

I. En el momento de darse de alta, se requiere que se suba el ticket de compra o factura que acredite la compra de la silla indicando su nº de serie, fecha de compra y modelo. Estos datos solo se comprobarán en el momento del siniestro, por lo que si hubiera datos discrepantes se entenderá que hubo mala fe y por lo tanto quedará liberada la compañía de las obligaciones contractuales del seguro.

II. Definiciones:

  1. Periodo de Carencia: El periodo de seguro donde los sucesos que se produzcan no generan cobertura de seguro.
  2. Modelos de Sillas Asegurables:
    1. Kiss2 Plus
    2. Triofix Comfort
    3. Triofix Maxi
    4. Century
    5. Wob Uno
  3. Tienda Oficial: Las sillas asegurables de cualquiera de los modelos a, b, c, d y e que hayan sido adquiridos en cualquiera de las tiendas de España donde se comercialice la marca Klippan y el distribuidor sea Wobabies SLU.
  4. Cobertura del Seguro: Se podrán asegurar todas aquellas sillas de los modelos anteriormente citados cuya fecha de compra sea igual o posterior al 1 de Abril de 2018.

III. Opciones de Cobertura:

  1. Cobertura Básica:
    Para cualquiera de los modelos a, b, c, d y e. Incluye 2 años desde la fecha de registro.
    Entrará en vigor en la fecha en la que se efectúe el registro de la silla. El periodo máximo para el registro no podrá ser superior a 3 meses desde la fecha de compra.
    Si desde el momento de la compra y el alta trascurrieran más de 15 días, la cobertura del seguro entrara en vigor con una carencia de un mes, sin que signifique cambiar la fecha de vencimiento.
  2. Cobertura Ampliada:
    Esta opción incluye 3 años adicionales una vez vencida la Cobertura Básica.
  3. Cobertura Total:
    Esta opción incluye 8 años adicionales una vez vencida la Cobertura Básica.

IV. Es importante que, el proceso de alta, se realice de manera completa y atendiendo a la buena fe contractual, en caso de no realizarse de manera correcta la compañía podrá rehusar la cobertura de la misma.

V. Son elementos imprescindibles en el alta del seguro:

  1. El ticket o factura de compra emitido por la tienda donde conste el modelo de silla, el Número de serie, la fecha de compra de la misma y método de pago. Si este fuera por tarjeta el comprobante del pago. Si el nº de serie no figurara en el ticket de compra opcionalmente se puede aportar una foto de la silla donde figure el nº de serie.
  2. En sillas reemplazadas, será necesario subir el documento acreditativo de haberse sustituido la silla por parte de la tienda que la ha repuesto, en el cual deberá aparecer el nº de serie y la fecha de la reposición.
  3. Para poderse beneficiar del precio reducido en la Cobertura Básica es imprescindible incluir el código de la tienda Oficial donde se ha adquirido la silla. Sin este dato, la silla podrá registrarse al precio no bonificado indicado en la Web pero solo podrá contratar la cobertura básica de 2 años sin tener posibilidad de ampliarla.

VI. En el momento de la suscripción del seguro se atenderá a la buena fe contractual, de manera que en el momento del siniestro se comprobará que los documentos subidos corresponden a lo solicitado para que entre en vigor el mismo. En caso de no corresponder a lo solicitado la compañía podrá rehusar el siniestro por mala fe contractual.

VII. Ampliaciones de Cobertura: Durante la vigencia del seguro se podrá realizar una ampliación de Cobertura, de forma que si de inicio la cobertura contratada era la Cobertura Básica (2 años) se podrá ampliar a 3 u 8 años más, abonándose la prima correspondiente a la Modalidad elegida.

VIII. Si en el momento del siniestro, la silla no se hubiera dado de alta no tendrá cobertura.

IX. En el supuesto de que el accidente de circulación del vehículo donde va instalada la silla fuera por culpa de tercero, La compañía Aseguradora podrá repetir contra el tercero, por lo que el Asegurado colaborará en lo necesario para iniciar dichas acciones.

X. En el supuesto de robo será necesaria la presentación de la denuncia ante la autoridad competente.

XI. Las primas de seguro de las distintas opciones son primas totales, es decir contemplan la prima neta más el 6,15 % de impuesto de seguros.

XII. En caso de siniestro el asegurado podrá acceder a la página web www.www.unitecoprofesional.es/klippan/, acceder a su ficha, dar al botón “Declarar un siniestro” y seguir las pautas para la declaración del mismo.
Una vez declarado el siniestro, será trasladado a la compañía aseguradora que comprobará todos los documentos adjuntados y verificará que todo el proceso se ha seguido correctamente.
En caso de estar todo correcto se pondrán en contacto con el Asegurado con el fin de que pueda obtener los benéficos de este contrato.

XIII. COBERTURA DE DAÑOS:
Esta garantía cubre los costes de reparación del bien garantizado, en caso de Daños Accidentales, causados únicamente a causa de accidentes de circulación sufridos por el vehículo donde está instalado el Bien Asegurado, y siempre que dicho accidente produzca un impacto superior a 3G, y como consecuencia active los Airbag del vehículo donde estuviera instalado el Bien Asegurado. Si la reparación del Bien Asegurado no fuera posible, conforme las especificaciones del mismo, se procederá a la sustitución del equipo asegurado por otro reacondicionado idéntico o de similares características o prestaciones. Para ello el Asegurado deberá presentar a la compañía de seguro, la siguiente documentación:

  • Factura de reparación de los Airbag (o informe pericial de valoración de daños por parte del perito de Seguros Bilbao, donde quede reflejado que el accidente ha sido superior a 3G).
  • Parte de siniestro a su compañía aseguradora donde tenga el seguro del vehículo. Si fuera con contrario el parte amistoso.
  • 5 fotos. Frontal, Trasera y de cada lateral del coche, y la quinta donde se pueda observar el Bien Asegurado con los AirBag saltados.

XIV. COBERTURA DE ROBO:
Esta garantía cubre la sustracción o apoderamiento ilegítimo del bien asegurado contra la voluntad del Asegurado, mediante actos que impliquen fuerza en las cosas para acceder al lugar donde estas se encuentren o violencia o intimidación en las personas, de conformidad con lo dispuesto en el Código Penal.
Para ello el Asegurado deberá presentar a la compañía de seguro, la siguiente documentación:

  • De serie de la silla asegurada.
  • Denuncia ante la autoridad competente.

Para cualquier incidencia se pueden poner en contacto con: Uniteco Profesional S.L en el tlf: 912 061 200.