
La actuación del perito médico evita a un cirujano el pago de una indemnización de 31.000€
La figura del perito médico fue determinante para absolver a un cirujano en un juicio por supuesta negligencia médica. Gracias a la intervención del experto, el Juzgado determinó que no existía responsabilidad directa del profesional sanitario y rechazó la pretensión económica ejercida por la aseguradora.
Un paciente fue intervenido de urgencia por apendicitis aguda. Días después, se detectó un cuerpo extraño en la zona intraabdominal, lo que le obligó a someterse a varias reintervenciones quirúrgicas. Con el tiempo, el paciente acabó siendo reconocido con una incapacidad permanente absoluta.
Este hecho motivó una demanda contra el centro hospitalario y su aseguradora, sin incluir inicialmente al cirujano ni al personal de enfermería. El tribunal acabó condenando al hospital y a su aseguradora al pago de una indemnización de 31.102,06€.
Reclamación cruzada al cirujano y análisis pericial
Ante esta condena, la aseguradora del centro, que se hizo cargo de la indemnización al paciente, decidió demandar al cirujano y su aseguradora de Responsabilidad Civil. En este nuevo procedimiento judicial, el análisis de la actuación médica y la evolución del paciente resultaron fundamentales para determinar si hubo o no mala praxis.
El paciente fue operado en febrero de 2009 por apendicitis aguda sin signos de peritonitis. Tras la cirugía, un TAC de control reveló un oblito quirúrgico, lo que motivó una segunda intervención urgente. Seis días después, se practicó una tercera intervención para limpieza y colocación de drenajes. A partir de ahí, el paciente mostró una buena evolución y, a principios de marzo, fue dado de alta.
En diciembre de 2009, el paciente acude por ingreso programado por hernia incisional abdominal, siendo necesaria una intervención, cuyo postoperatorio se produce sin incidencias de ningún tipo. El paciente ingresa nuevamente en junio de 2011 por diverticulitis aguda perforada con absceso local, siendo necesaria la realización de una nueva cirugía. Pasados cuatro días se da de alta sin ninguna incidencia. A finales del mes se realiza una nueva intervención por drenaje de absceso intrabdominal, que se lleva a cabo sin ninguna incidencia reseñable.
El paciente ingresa de nuevo en marzo de 2012 por un absceso intraabdominal que precisa ser drenado de forma quirúrgica, dándose de alta a los seis días. En julio se le vuelve a intervenir de sigmoidectomía y cierre de fístula colovesical, siendo dado de alta una semana después.
El perito médico: pieza clave en la decisión judicial
La intervención del perito médico fue decisiva para que el Juzgado desestimara la demanda contra el cirujano. Su informe concluyó que:
- La prescripción de la cirugía fue correcta. El paciente recibió la información adecuada al paciente y firmó los consentimientos informados correspondientes.
- La extracción del cuerpo extraño se realizó con rapidez, sin secuelas posteriores.
- No puede atribuirse negligencia médica cuando se demuestran todas las medidas preventivas.
- Los oblitos quirúrgicos deben considerarse una complicación inherente al acto médico, no un error intencionado.
- El contaje y preparación del material quirúrgico corresponde a la enfermera circulante y la enfermera instrumentista, en ningún momento depende del cirujano.
- No existía nexo causal directo entre el oblito y las cirugías posteriores realizadas por otros equipos médicos.
Gracias a esta argumentación, el Juzgado concluyó que el cirujano actuó conforme a la lex artis y lo absolvió de toda responsabilidad civil.
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