Reclamación de más de 150.000 euros por errores en una colecistectomía laparoscópica

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En la reclamación de hoy, la parte demandante reclamó la existencia de daño desproporcionado y falta de consentimiento informado, solicitando 165.763,38 euros en concepto de indemnización. La paciente alegó una ejecución incorrecta de una colecistectomía laparoscópica programada, por no haber realizado paralelamente una prueba diagnóstica que descartase la presencia de cálculos en la vía biliar principal (VBP colédoco). Según la demandante, ello habría dado lugar a la aparición de una coledocolitiasis residual y una pancreatitis aguda, así como a un absceso retroperitoneal de 20 cm de diámetro crónico y al agravamiento de la diabetes melitus tipo II que padecía previamente.

La doctor negó la existencia de cualquier negligencia en la actuación, afirmando que se atendieron los protocolos médicos correspondientes, ajustándose a la lex artis ad hoc, y asegurando que las pruebas diagnósticas, en particular las ecografías y analíticas llevadas a cabo antes de la intervención, no permitían suponer que existiesen cálculos en la vía biliar, los cuales se habrían podido generar con posterioridad, cuestionando la existencia de una relación de causalidad entre el acto médico y las secuelas y días de incapacidad alegados, cuando habrían existido actuaciones médicas posteriores en las que no habría intervenido el facultativo, las cuales habrían sido determinantes en la producción de las secuelas.

En lo que respecta al documento de consentimiento informado, quedó probado que la paciente sí lo firmó. En el mismo, además de describirse el procedimiento con expresión de sus beneficios y alternativas (cirugía abierta), se mencionan sus riesgos generales y específicos.

En la reclamación, se puso de relieve por la parte demandada el tiempo transcurrido, casi tres meses, desde que se practicó la colecistectomía hasta que se objetivó, supuestamente, la “pequeña imagen de coledocolitiasis distal de unos 3 mm” mediante la colangio – RM llevada a cabo. La parte demandada recalcó que, bien pudiera haber ocurrido que esa coledocolitiasis distal de unos 3 mm se formara en el ínterin, bien podía existir antes en la vía biliar intrahepática, lo que habría impedido su detección aun cuando se realizaron otras pruebas diagnósticas. También añadió que ni siquiera la coledocolitiasis fue plenamente objetivada, pues durante la intervención CPRE no fue localizada la posible piedra.

Por último, la parte demandada expresó que la pretendida relación de causalidad entre la colecistectomía laparoscópica, sumado a la incapacidad de la paciente y a las secuelas objetivadas, habría quedado interrumpida por el acto médico, durante el cual se produjo un abundante sangrado. Recalcó que no había explicación por la parte demandante de por qué se atribuyeron todas las patologías subsiguientes y, en particular, el absceso retroperitoneal derecho a la primera cirugía, o en qué medida habría incidido la segunda, sin contar con las propias patologías originarias del paciente, que lógicamente habrían incidido en la prolongación de la convalecencia, recuperación, etc.

La parte demandante, pese a insistir en la incorrección de la colecistectomía laparoscópica programada, vio descartados sus reproches por el juez, que dictó sus razonamientos judiciales valorando los dictámenes de la parte demandada, al tomarlos más fiables y documentados.

Resultado de la reclamación

En definitiva, se confirmó que la intervención se llevó a cabo con arreglo a la lex artis, en relación con la adecuación o idoneidad de la laparoscopia como técnica quirúrgica y, en íntima relación con este concreto aspecto, la regularidad del consentimiento informado firmado por la paciente, concluyendo que no se apreció negligencia médica alguna del facultativo en el desarrollo de su actuación médica.

En este caso fue clave contar con un buen perito médico y un abogado especialista en Derecho sanitario para preparar la defensa, porque no debemos olvidar que los jueces son especialistas en Derecho, pero no en Medicina.

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