
El juez descarta negligencia médica en atención domiciliaria a paciente con gastroenteritis
Los familiares de un paciente fallecido interponen una denuncia por negligencia médica a la facultativa que le atendió en su domicilio. El paciente presentaba gastroenteritis aguda que había comenzado días antes y que había sido diagnosticada en su centro de salud, donde se le prescribió un tratamiento que la facultativa decidió continuar, sin derivar al ahora fallecido al hospital desde su domicilio.
Valoración clínica y actuación médica
Tras practicarse la instrucción de la causa, no se archivó el prodecimiento de los hechos debido a que se entiende que eran constitutivos de un delito de homicidio por imprudencia. Las acusaciones solicitaron una pena de prisión para la facultativa de dos años y seis meses e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión médica durante cuatro años.
La facultativa acudió al domicilio del paciente ya que este tenía problemas de movilidad. Allí observó que el paciente no tenía signos que hicieran necesario modificar su tratamiento. No tenía deshidratación y presentaba pupilas y mucosas húmedas y reactivas. De hecho, los familiares no le proporcionaron ningún informe con antecedentes, lo que en el momento de los hechos se solicitaba por protocolo. Además, las heces no eran sanguinolentas, lo que confirmaba el diagnóstico previo y tampoco se confirmó ningún signo de alarma. Por ello, la doctora concluyó que no presentaba irritación abdominal, ni aumento de los órganos, ni defensa abdominal.
Asimismo, la doctora confirmó que, a la vista del estado que presentaba el paciente, el diagnóstico era el mismo que ella previamente había decidido. No había ningún signo diferente a los que existían cuando valoró al paciente.
Pruebas periciales y forenses
Se practicaron tres periciales: el médico forense y dos peritos de la doctora. El médico forense, al inicio, se mostraba contrario a la actuación llevada a cabo por la facultativa acusada. Afirmaba que existía hemorragia interna por la existencia de posos de café, aunque posteriormente se desdijo. Se practicaron las periciales juntas mediante careo, lo que confirmó que muchos de los datos de su informe eran más teóricos que basados en la experiencia diaria de un especialista en urgencias y aparato digestivo.
El forense terminó por afirmar que la doctora había actuado correctamente y no era necesario derivar al hospital al paciente. Los otros dos peritos, especialistas en medicina interna y aparato digestivo respectivamente, ratificaron lo que plasmaron en sus informes. No hubo un deterioro que hiciera necesario modificar el tratamiento prescrito días antes por la médica de cabecera del fallecido. No había hipotensión y existía una congestión visceral, lo que hacía imposible la existencia de sangrado masivo.
Según se explicó de forma detallada, tanto por el resto de peritos, como por la doctora, la tensión que presentaba no era anormalmente baja, teniendo en cuenta el cuadro de diarrea que presentaba y, lo que es más importante, se mantuvo constante desde la primera consulta.
No hubo negligencia médica por parte de la facultativa
La sentencia señala que, a pesar de las múltiples afirmaciones realizadas por el médico forense durante su interrogatorio —algunas de las cuales se contradicen entre sí y obligaron a solicitar aclaraciones—, hubo una declaración que mantuvo de forma constante: el progresivo deterioro del paciente y la bajada continua de su tensión arterial. No obstante, el juez subraya que dicha afirmación carecía de cualquier respaldo probatorio. De hecho, el propio forense no pudo recordar las fuentes en las que se basó para elaborar su informe.
Tras valorar la prueba practicada, el juez concluyó que no existía indicio alguno de negligencia. En el ámbito penal, las pruebas que acreditan un delito deben ser concluyentes y no simples conjeturas sin fundamento, basadas en teorías. A esta valoración se sumó la jurisprudencia relativa a la imprudencia y los criterios que determinan cuándo esta puede ser perseguida penalmente. En consecuencia, se dictó una sentencia absolutoria.





