Desestimada una demanda por supuesta mala praxis tras el fracaso de varios implantes dentales

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Contexto del caso

Un paciente demanda por mala praxis a una clínica dental y los doctores que le trataron. El demandante acudió a una clínica dental para realizar un tratamiento rehabilitador consistente en la colocación de varios implantes dentales. Tras la exploración y la realización de una ortopantomografía, los doctores proponen un tratamiento que se adapta mejor a las necesidades del paciente. Como parte del tratamiento, se incluía la extracción de las piezas dentales de la parte superior de la cavidad bucal.

Antes de la colocación de las prótesis dentales, al paciente se le realiza un TAC. Tras realizarse esta prueba necesaria, se inicia un tratamiento con clindamicina. Previamente a la cirugía, el paciente fue informado tanto verbal como por escrito, de forma que el profesional entrega el correspondiente consentimiento informado.

La intervención se lleva a cabo seis meses después realizando la explantación de la pieza 16 debido a las necesidades que presentaba el paciente y, posteriormente, abandona el tratamiento. Sin embargo, el paciente alega mala praxis de los profesionales que le intervinieron, tanto el primer doctor que le vio por primera vez como el implantólogo.

No obstante, ambos doctores dejaron de trabajar en la clínica 6 años antes de interponerse la demanda, por lo que la relación es extracontual. Por tanto, la reclamación está prescrita, ya que se ha superado con creces el plazo de un año existente para la imposición de alguna reclamación.

Una prueba fundamental: el consentimiento informado

De igual forma, se discute si la información que recibió el paciente es correcta. En cuanto a esto, se afirma que el suministro de información es correcto al habérsela proporcionado tanto de manera escrita como oral. También se verifica que la extracción de la pieza está justificada tomando como base las pruebas diagnósticas realizadas previamente. Además, en el consentimiento informado se advierte del perjuicio que supone para los implantes ser fumador, así como el riesgo en la pérdida de los implantes.

Por otro lado, también se discute sobre la fecha del diagnóstico de la enfermedad periodental. Para ello, es fundamental la figura de la trabajadora de una clínica, que interviene como testigo y señala que desde el primer momento que se detectó la enfermedad se inició el tratamiento.

Pruebas diagnósticas y perito médico: claves para descartar mala praxis

En cuanto a la elección del tratamiento y las pruebas diagnósticas realizadas al paciente, se entiende que no se hicieron pruebas suficientes. De hecho, la parte demandante alega que se requería de un sondaje y un TAC. No obstante, se señala que la realización previa del TAC no está indicada debido a que, con la extracción del hueso de la arcada, se reabsorbe. Por lo que, la realización de esta prueba con anterioridad no da una información correcta para el tratamiento. En este sentido, la sentencia dictada establece que, tras la declaración en el juicio de los peritos sobre una imagen de un informe pericial, se entiende que la línea de inserción de los dientes era clara en la imagen y no se considera como mala praxis.

Otro de los puntos discutidos fue el fracaso de los implantes practicados. La sentencia señala que no se concluye, de ninguna manera, que se deba a una actitud negligente de los doctores como consecuencia de una mala praxis. De hecho, esta posibilidad está recogida en los consentimientos informados que se facilitaron al paciente.

Por último, la parte actora defiende que el tratamiento con clindamicina que se administró al paciente le provocó numerosas infecciones en la boca durante el tratamiento. Sobre esto resulta llamativo que, la propia perito de la actora, durante el día del juicio, se basó en meras manifestaciones del paciente para realizar la afirmación. Por ello, se afirma una vez más que no existe prueba objetiva que determine que los profesionales realizaron una actitud negligente, ni en este punto ni en cualquiera de los anteriores.

Como resultado, la sentencia desestima la petición de indemnización solicitada por el paciente, absolviendo tanto a los doctores como a la clínica de todas las peticiones realizadas.

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