
Desestimada una demanda por mala praxis ginecológica tras el fallecimiento de una paciente
Un Juzgado ha desestimado la demanda presentada contra un facultatio al que se acusaba de mala praxis ginecológica y de un presunto retraso diagnóstico de cáncer de mama que habría derivado en el fallecimiento de la paciente. El fallo concluye que el especialista actuó conforme a la clínica, a las pruebas disponibles y a las recomendaciones radiológicas.
Este caso es relevante para los profesionales sanitarios, pues vuelve a subrayar la importancia de la correcta indicación de pruebas, la coordinación entre especialistas y los criterios jurisprudenciales sobre el retraso diagnóstico.
Los hechos: una lesión palpable y un diagnóstico inicial tranquilizador
La paciente acudió a la consulta de su ginecólogo tras notar una lesión palpable en la mama izquierda. Tras realizar varias pruebas, se le comunicó que todo estaba dentro de la normalidad.
En septiembre, la paciente volvió a consulta refiriendo que el bulto había aumentado de tamaño. El ginecólogo interpretó que se trataba de una rotura intracapsular de la prótesis mamaria y una mama fibroquística.
Ante la persistencia del problema, la paciente acudió a un cirujano plástico, quien reemplazó la prótesis y realizó una extirpación parcial del quiste. El informe de Anatomía Patológica reveló que, en realidad, se trataba de un carcinoma ductal infiltrante grado 3, con focos de infiltración vascular.
La demanda: retraso diagnóstico y presunta mala praxis ginecológica
Los demandantes sostuvieron que el ginecólogo incurrió en:
- Retraso diagnóstico del cáncer de mama
- Sección del tumor durante la intervención posterior, lo que habría favorecido su diseminación
- Daños derivados del tratamiento oncológico hasta el fallecimiento de la paciente
A su juicio, un diagnóstico más precoz y un manejo inicial distinto podrían haber evitado la evolución posterior.
La defensa del ginecólogo: la actuación fue conforme a la clínica y a las pruebas
El especialista alegó que las pruebas realizadas eran coherentes con la clínica y no justificaban actuaciones adicionales como la biopsia.
Además:
- Se informó al radiólogo del nódulo palpable.
- Se siguieron sus recomendaciones, incluida la revisión a los 6 meses.
- El radiólogo era la autoridad diagnóstica determinante en este caso.
Por otro lado, la defensa recordó que el cirujano plástico no solicitó biopsia intraoperatoria, lo que habría permitido ampliar la intervención si el hallazgo hubiera sido maligno.
Criterios jurídicos aplicados: carga de la prueba y doctrina sobre retraso diagnóstico
Obligación de medios, no de resultados
El Juzgado recordó que la responsabilidad del profesional sanitario se basa en una obligación de medios, no de resultado. Es decir, el médico debe poner a disposición del paciente todos los recursos adecuados según la ciencia en ese momento, pero no puede garantizar un diagnóstico infalible.
Carga de la prueba de mala praxis ginecológica
No existe inversión de la carga de la prueba en responsabilidad médica. Por tanto, corresponde al demandante acreditar la culpa y el nexo causal entre la actuación del especialista y el daño producido.
Retraso diagnóstico: cuándo implica responsabilidad
La sentencia recuerda que:
- Las decisiones clínicas se toman en función de las pruebas disponibles.
- No toda demora constituye negligencia.
- Solo un error diagnóstico de notoria gravedad o unas conclusiones “absolutamente erróneas” pueden dar lugar a responsabilidad.
- Incluso con todas las pruebas disponibles, existe un margen de error inherente a la práctica médica.
Fallo: no hubo mala praxis ginecológica
El Juzgado concluye que:
- El ginecólogo actuó correctamente en función de la clínica.
- Siguió las recomendaciones radiológicas.
- No existió retraso diagnóstico atribuible a su actuación.
- No se probó culpa ni nexo causal.
Por ello, la demanda queda totalmente desestimada.
Conclusión
Este caso enfatiza la importancia de:
- Documentar adecuadamente la comunicación entre especialistas.
- Registrar la información clínica y radiológica que guía las decisiones.
- Indicar pruebas de forma adecuada, conforme a la evidencia disponible.
- Contar con un seguro de Responsabilidad Civil con una cobertura íntegra, como el seguro Único de Uniteco.
También recuerda que la justicia reconoce que el diagnóstico médico está sujeto a incertidumbre y que la responsabilidad aparece solo ante errores graves o manejos alejados de la práctica aceptada.





