Historial médico

¿Puedo consultar el historial médico de un paciente?

6 minutos

El historial médico es un documento confidencial y privado que únicamente puede ser consultado por los profesionales médicos que están tratando al paciente o por terceras personas mediante una autorización previa o en los casos previstos por la ley. Además, es una herramienta imprescindible y fundamental para el desarrollo del servicio sanitario y, también, es un arma con finalidad jurídico-legal como ya explicamos anteriormente, en nuestro artículo, “¿Qué utilidad jurídico legal tiene la historia clínica?

Hay que señalar que la información recogida en la historia clínica son considerados como sensibles y están regulados y protegidos por la Ley de Protección de Datos y por el Reglamento General de Protección de Datos. En caso de incumplimiento el profesional se verá obligado a responder a las consecuencias legales pertinentes.

¿Cuándo puedo consultar el historial médico de un paciente?

Únicamente vas a poder acceder a la información de este documento cuando estés directamente implicado en el tratamiento del paciente. En el caso de no estar presente en el equipo que le está prestando la atención médica, deberás de tener una causa justificada para poder realizarlo. Además, hay que tener en cuenta que los médicos siempre están obligados a respetar el secreto médico sobre el tratamiento y el estado de salud de sus pacientes.

No obstante, existen una serie de excepciones legales que permiten ampliar el acceso a este documento:

  • Mediante orden judicial, enmarcada dentro de los límites de una investigación.
  • Por razones epidemiológicas para evitar que corra peligro la salud pública
  • Para la evaluación y planificación de la asistencia sanitaria prestada, siempre y cuando el personal esté debidamente acreditado.

En definitiva, sólo podrás consultar la historia clínica de un paciente si lo estás tratando, de hecho, estás obligado a guardar el secreto profesional y no podrás revelar datos relacionados, debido al secreto médico compartido.

Consultar el historial médico

Consultas no autorizadas del historial médico

La ley 41/2002 reguladora de la autonomía del paciente señala que el acceso al historial médico está limitado a los profesionales sanitarios involucrados en la atención al paciente. Por tanto, el incumplimiento de esta normativa conlleva sanciones administrativas e, incluso, penales.

La consulta no autorizada de estos datos suponen un atentado grave contra la intimidad de las personas, además, de ser contrario a la ética del sector y puede acarrear consecuencias legales graves:

  • Delito de divulgación de secretos
  • Delito contra la intimidad personal

Sin embargo, dependiendo de la gravedad del caso pueden ser sancionados de manera administrativa y, en el peor de los casos, con penas de prisión

Consecuencias legales de consultar el historial médico sin autorización

Los accesos no autorizados a las historias clínicas pueden ser castigados como:

  • Delito de divulgación de secretos, recogido en el Código penal, en el artículo 197.
  • Delito contra la intimidad personal.

Dependiendo de la gravedad del caso, estos delitos están penados con penas de prisión y multas. Es más, en muchos de los casos estas actuaciones se cometen debido al desconocimiento de la ley, lo cual no exime de su cumplimiento. Es fundamental que los profesionales conozcan que la consulta del historial médico sin autorización constituye una falta muy grave y un delito según el Código penal

Sanciones

Normalmente, las sanciones más comunes tras una consulta no autorizada suelen ser administrativas. Estas actuaciones, están recogidas en los artículos 70 y siguientes de la LOPDGDD.

En caso de incurrir un delito por divulgación de secretos o un delito contra la intimidad personal, pueden llegar a ser castigados con penas de cárcel e inhabilitación profesional temporal o permanente según la gravedad del delito. Destaca como infracción muy grave la vulneración del deber de confidencialidad establecido en el artículo 5 de la Ley.

Por ello, los centros médicos deben de establecer sistemas y medidas de seguridad en protección de datos que garanticen un alto nivel de protección de las historias clínicas. Estas normas pueden ser supervisadas por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para asegurar su correcto funcionamiento. En definitiva, es esencial que el profesional sanitario conozca a la perfección el marco legal que rodean las historias clínicas para poder ejercer su profesión de forma segura y evitar reclamaciones debido a una mala praxis

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1 comentario

Anónimo

24 de junio de 2024 13:07

Todo muy interesante. Hare una pregunta. a nivel de Hospital quien puede ver la historia clinica de Paciente ingresado ademas de su medico Enfermera? Auxiliar? Gracias

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