El justificante de ingreso hospitalario es un escrito, firmado y sellado por un profesional de la salud, que justifica la falta del paciente a su puesto de trabajo durante un tiempo determinado; por problemas de salud y por su consecuente ingreso en un hospital.
El Estatuto de Trabajadores se encarga de controlar, regular y establecer la duración del justificante en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. Este documento será presentado por el trabajador en la empresa, como comprobante de ausencia a su puesto de trabajo. No presenta relación o semejanzas con el escrito por baja laboral, ya que el afectado no recibirá ninguna retribución salarial durante ese periodo de tiempo.
Como se ha dicho anteriormente, los profesionales de la salud ya pertenezcan a la Seguridad Social o a clínicas privadas, contarán con la capacidad de firmarlo y sellarlo. Ya que disponen de las facultades idóneas como para saber si el paciente cuenta o no con las capacidades óptimas para desarrollar su actividad profesional diaria.
¿Qué debe incluir un justificante de ingreso hospitalario?
- Título de “justificante de ingreso hospitalario” o “justificante médico”: puede estar acompañado por el logo de la comunidad autónoma en la que se realice, o del centro médico en el que se firme.
- Fecha y hora: se considera de gran importancia para corroborar el momento exacto en el que se firmó el justificante.
- Datos personales del paciente: deberán estar perfectamente recogidos, ya que, si no es así, podría no tenerse en cuenta su validez.
- Nombre del médico y centro al que pertenece: deberá incluir el nombre completo del médico y responsable que firma el documento. Esto permitirá comprobar su veracidad, y servirá como justificante en caso de que se necesite contactar con él desde la empresa del trabajador.
- Firma y sello médico: será el ingrediente final que acredite la franqueza del justificante, ya sea del centro privado o de la Seguridad Social. Si el documento no presenta sello, prescindirá de legalidad.
¿Cuándo será necesario el justificante médico hospitalario?
Siempre será necesario realizar al paciente un justificante médico, aunque la consulta sea breve. Ya que su firma acreditará la falta al trabajo. Lo cierto es que este escrito no eximirá al trabajador de una reducción de su salario. Sin embargo, su aportación al paciente será imprescindible por parte del profesional médico.
Si el periodo de no asistencia al trabajo es menor a tres días, el sanitario deberá firmar como justificante médico hospitalario, pero si es superior a este periodo de tiempo, se aportará un parte de baja por incapacidad temporal de las actividades profesionales del paciente.
El justificante de ingreso por hospitalización de un familiar
Como ya probablemente conocéis, el Estatuto de Trabajadores aprueba la justificación firmada por el profesional sanitario para los familiares cercanos del paciente ingresado. Se ofrecerán 2 días por fallecimiento, accidente, enfermedad grave, operación quirúrgica o nacimiento. En el caso de que sea necesario realizar un desplazamiento superior a 2.000 kilómetros, el plazo ascenderá hasta los 4 días.
El justificante de ingreso en situación de pandemia
Este permiso no tendría justificación para el familiar en caso de que el enfermo se encuentre ingresado por COVID19, ya que en estas circunstancias la compañía al paciente no está permitida. Sin embargo, el Estatuto de Trabajadores realiza una segunda interpretación y también señala que la acción de acompañamiento al familiar puede realizarse de manera psicológica o moral. Es decir, no es necesario que la persona deba estar físicamente en el hospital para que le sea aprobado, por parte del sanitario, el justificante de ingreso por hospitalización de un familiar.
La solicitud del justificante de ingreso hospitalario es imprescindible, deberá ser acreditado y firmado por el profesional de la salud del que proceda, como bien se sabe. Además, firmar un justificante falso podría provocar grandes sanciones al trabajador o, incluso, su despido.
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