Medicina: ¿Qué obligaciones existen respecto a las etiquetas del material protésico e implantes?

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Sabemos que la historia clínica del paciente es un instrumento que permite al profesional sanitario dar una mejor asistencia médica, pero es a la vez un derecho del paciente.
Por lo general sabemos qué datos deben incluirse en la historia clínica, aunque en algunas ocasiones existen cuestiones que no están tan claras. Este es el caso de las etiquetas identificativas del material protésico o implantes. ¿Qué tratamiento debemos realizar de estos documentos?

La respuesta la encontramos en diversas leyes así como en diferentes reales decretos. De este modo debe distinguirse para los médicos un tipo de documento:

− Las tarjetas de implantación de los productos sanitarios deben contener una información concreta y tasada, según se establece en el real decreto 1591/2009, artículo 33.

Tratamiento de las tarjetas de implantación
La ley establece que los implantes que deben ir acompañados de una tarjeta de implantación son:

– Implantes cardíacos e implantes vasculares del sistema circulatorio central.

– Implantes del sistema nervioso central.

– Implantes de columna vertebral.

– Prótesis de cadera.

– Prótesis de rodilla.

– Prótesis mamarias.

– Lentes intraoculares.

La tarjeta de implantación obligatoria debe estar por triplicado y debe ser cumplimentada por el hospital. Al menos debe incluir:

– el nombre y modelo del producto,

– el número de lote o número de serie,

– el nombre y dirección del fabricante,

– el nombre del centro sanitario donde se realizó la implantación

– la fecha de implantación,

– la identificación del paciente (documento nacional de identidad, número de pasaporte).

Uno de los ejemplares permanecerá archivado en la historia clínica del paciente, otro será facilitado al paciente y el tercero será remitido a la empresa suministradora.

En el caso en que se haya dispuesto de un registro nacional de implantes una copia de este último ejemplar será remitida al registro nacional por la empresa suministradora.

Esther Calderón
Abogado DS Legal Group

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